Formación en Empresa (FE) y FCT
La Formación en Empresa (FE) es la parte de la formación de los ciclos formativos que el alumnado realiza en una empresa u organismo equiparado. Está regulada por la Ley Orgánica 3/2022 de FP (LFP). Con la nueva ley, toda la Formación Profesional es dual. Se realiza en los dos cursos, con un convenio de cooperación firmado entre el centro y la empresa. Centro y empresa comparten la responsabilidad de la formación, pero la evaluación y la titulación corresponden siempre al centro. Superar la FE es obligatorio para obtener el título.
La FCT y la FP Dual del modelo anterior solo se mantienen en el curso 2026-27 para el alumnado residual LOE (terceros cursos de nocturno, dobles titulaciones y ciclos de tres años) y para algunos ciclos LOGSE.
Duración de la formación en empresa
La FE se reparte entre los dos cursos del ciclo (primero y segundo). Las horas mínimas son:
• Grado Básico: mínimo 400 horas, repartidas entre los dos cursos. Para poder incorporarse a la empresa, el alumnado debe tener 16 años cumplidos.
• Grado Medio y Grado Superior: mínimo 500 horas, repartidas entre los dos cursos (primero y segundo). En primer curso se realizan como mínimo 100 horas y el resto en segundo curso.
La duración también depende del régimen que curse el alumnado:
• Régimen general: la FE ocupa entre el 25 % y el 35 % de las horas del ciclo. El alumnado no tiene relación laboral con la empresa.
• Régimen intensivo: la FE ocupa más del 35 % y hasta el 50 % de las horas del ciclo, con un contrato de formación retribuido.
La FE puede empezar a partir del segundo trimestre del primer curso. El horario lo fija el plan de formación de cada alumno, de acuerdo con la empresa. Con carácter general no se hacen turnos de noche y la FE se realiza dentro del calendario lectivo.
¿En qué empresas se realiza la formación?
En cualquier empresa u organismo, de cualquier tamaño, que firme un convenio de cooperación con el centro educativo.
En el régimen general, la formación no tiene coste para la empresa. Solo se le pide que designe a un tutor o tutora que acompañe al alumnado y le encargue tareas propias de su ciclo formativo.
Seguridad Social y seguros del alumnado en formación en empresa
Desde el 1 de enero de 2024, todo el alumnado que hace formación en empresa se da de alta en la Seguridad Social. Para ello necesita un número de la Seguridad Social (NUSS) del que sea titular, registrado en ITACA.
- FE sin retribución (régimen general): las obligaciones con la Seguridad Social corresponden al centro de formación, gestionadas por la Conselleria. Si tiene un accidente o una enfermedad relacionada con la FE, el alumno debe acudir a los centros de la Seguridad Social, no a la mutua de la empresa.
- FE con retribución (contrato o beca): las obligaciones con la Seguridad Social corresponden a la empresa. El alumno recibe la atención sanitaria en la mutua que tenga contratada la empresa.
- Además, la Conselleria de Educación tiene contratadas una póliza de accidentes y otra de responsabilidad civil. Cubren la formación en empresa de todo el alumnado de grados C, D y E.
- Hay alumnado que no puede darse de alta en la Seguridad Social: el alumnado extranjero en situación irregular, los funcionarios y los pensionistas por jubilación o incapacidad permanente. Si sufren un accidente durante la FE, la atención sanitaria la cubre el seguro de accidentes de la Conselleria
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